NUEVA Pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19

Los familiares de victimas de Covid-19 tienen derecho a reclamar una pensión vitalicia (Ley 27.549) por un monto equivalente al doble de un haber jubilatorio mínimo.

Pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19

En la Ley 27.549 se establecen los beneficios para trabajadores esenciales durante la pandemia por Covid-19 (personal de salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros trabajadores que presten servicios durante la Pandemia)

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Por una parte, se exime de pago de Impuestos a la Ganancias las renumeraciones que procedan por horas extras, guardias y todo otro concepto que se relacione directamente con la emergencia sanitaria desde el 1/3/2020 y hasta el 31/12/2020.

Además, se dispuso una pension por fallecimiento de Covid 19 destinada a los familiares de los trabajadores que han sido victimas de este virus entre el 1/3/2020 y hasta el 31/12/2020.

➡️ ¿Quienes tienen derecho a cobrar la Pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19?

La Pension por fallecimiento Covid puede ser solicitada por los familiares de trabajadores de los siguientes rubros que hayan perdido la vida por causa del virus Covid-19 durante pandemia (marzo a diciembre 2020)

Los trabajadores contemplados por la Ley 27.549 son:

  • Profesionales, técnicos, auxiliares y operativo de los sistemas de salud pública y privada.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad.
  • Personal de la Actividad Migratoria.
  • Personal de la Actividad Aduanera.
  • Bomberos
  • Recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos

Quienes pueden solicitar la pension graciable para familiares de victimas de COVID

Este beneficio establecido en la Ley 27.549 puede ser reclamado por los siguientes familiares de las victimas:

  • Cónyuge supérstite
  • Conviviente supérstite
  • Hijos/as solteros/as hasta los 21 años de edad
  • Personas a cargo del causante al momento del fallecimiento

Para tener en cuenta:

  • En caso de estar divorciado, la pensión solo corresponde en caso que “el causante tuviere a su cargo un deber alimentario en favor del derechohabiente”
  • Si los/as hijos/as se encuentran restringidos en su capacidad no se aplica la limitación de edad (21 años)
  • Si los/as hijos/as perciben alimentos establecidos hasta los 25 años, tienen derecho a cobrar la pensión hasta esa edad

➡️ Monto de Pensión para familiares de víctimas de Covid-19

El monto de la pensión para familiares de fallecidos por Covid-19 es equivalente al doble de una jubilación mínima.

En la actualidad, el haber jubilatorio mínimo es de $29.062 por lo que el monto de la pensión vitalicia para familiares de victimas de Coronavirus es de $58.124.

➡️ Pensión para familiares de víctimas de Coronavirus ¿Desde cuando se cobra?

El Decreto 854/2021 establece que los beneficiarios de esta pension graciable comenzaran a cobrar desde la fecha en la que hayan realizado la solicitud o tramite ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) u otro organismo del Estado Nacional, si esto es anterior a la fecha en la que el presente decreto entro en vigencia.

Es decir que quienes hayan realizado la solicitud de la pension para familiares de victimas de Covid-19 antes que se presento este decreto y esten esperando la resolucion de la gestion, lo que por lo general lleva algunos meses, cobraran el beneficio acumulado por los meses desde que se inicio el tramite.

➡️ ¿Cómo solicitar la NUEVA Pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19?

Los requisitos para tramitar la pension para familiares de trabajadores victimas del Covid-19

  • La victima debía ser trabajador en alguna de las actividades contempladas por la Ley 27.549
  • Debe haber prestado servicio durante la emergencia sanitaria.
  • El fallecimiento debió ser durante la emergencia sanitaria: el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
  • La causa del fallecimiento debió tener relación al virus Covid-19
  • El solicitante debe ser cónyuge, conviviente o hijos solteros menor de 21 años o con discapacidad sin limite de edad.

La solicitud de la pension ANSES por fallecimiento de COVID-19 puede realizarse:

  • de forma presencial, solicitando un turno ANSES para oficina
  • telefónicamente llamando al 130

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